La Generalitat de Cataluña resolvía hace unos días prorrogar y modificar las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de Covid-19 en el territorio de Cataluña (DOGC 8309, de 5.01.2021). Finalizado el periodo navideño la situación epidemiológica en Cataluña ha experimentado un empeoramiento generalizado que ha motivado esta resolución (SLT / 1/2021, de 4 de enero). Respecto a los desplazamientos y movilidad, destacar que queda limitada la entrada y salida de personas de cada municipio, con las excepciones que constan en la resolución, adecuadamente justificadas, entre las que “a causa de fuerza mayor o situación de necesidad” que se entiende que concurre cuando resulta inaplazable y debidamente acreditada, como podrían ser las necesidades derivadas del episodio de temporal marítimo y valoradas así por los gestores portuarios.
De forma específica se exceptúa de esta restricción la realización de actividad física y de actividades deportivas individuales al aire libre entre municipios limítrofes y se permiten los desplazamientos para el desarrollo de las competiciones deportivas autorizadas.
En todo caso, hay que tener presente que estas medidas y las recomendaciones gubernamentales pretenden evitar al máximo los desplazamientos que no sean estrictamente necesarios, así como la interacción social, por razones sanitarias ante los efectos de la pandemia, durante los próximos días hasta su levantamiento, prórroga o modificación atendiendo a la evolución de la situación epidemiológica.
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